ArticleId;Title;Description;Icon;Más información;Documento;Categories;Tags;DisplayDate; 1719857;Información pública aprobación inicial de Modificación nº 2 de Normas Urbanísticas Municipales;;;
INFORMACIÓN pública relativa a la aprobación inicial de la Modificación Puntual n.º 2 de las Normas Urbanísticas Municipales de Tiedra (Valladolid).
Por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Tiedra, en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de Octubre de 2019, se aprobó inicialmente la Modificación Puntual n.º 2 de las Normas Urbanísticas Municipales (NUM), promovidas por este Ayuntamiento, según instrumento de planeamiento redactado por la Arquitecta Doña Amparo Pascual Mínguez.
El acuerdo de aprobación inicial adoptado produce la suspensión del otorgamiento de las licencias urbanísticas citadas en los párrafos 1º, 2º, 3º y 4º de la letra a) y 1º y 2º de la letra b) del artículo 288 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, en las áreas donde se altere la calificación urbanística o cualquiera de las determinaciones de ordenación general, y en general donde se modifique el régimen urbanístico vigente, no afectando a las solicitudes a las que se refiere el artículo 156, ordinal tercero, del precitado texto leal. La suspensión se mantendrá hasta tanto entre en vigor la Modificación de las Normas Urbanísticas Municipales o como máximo durante dos años.
Lo que se anuncia a efectos de información pública por plazo de dos meses, contando a partir del siguiente día al de la publicación de este anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tiedra, en el Boletín Oficial de Castilla León, el diario El Norte de Castilla y página web del Ayuntamiento de Tiedra–última inserción–, a fin de que durante dicho periodo las personas físicas y jurídicas interesadas puedan consultar toda la documentación escrita, gráfica y cartográfica que integra el instrumento de modificación del planeamiento y presentar las alegaciones, sugerencias, informes y cualesquiera otros documentos que estimen oportuno aportar.
La consulta se podrá llevar a cabo en:
- Secretaría de la Casa Consistorial, sita en la Plaza Mayor 1, en el horario habitual de oficina.
- En la página web https://tiedra.ayuntamientosdevalladolid.es/
Todo ello en cumplimiento del artículo 11 del el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, el artículo 52 de la Ley 5/1999 de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, y el artículo 155 del Decreto 22/2004 de 29 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
En Tiedra a 29 de Octubre de 2019.
EL ALCALDE: Don Nunilo Gato Pérez.
;/documents/302050/682892/Modificaci%C3%B3n+puntual+n%C2%BA+2+de+las+Normas+Urban%C3%ADsticas+Municipales/b219d26d-a983-4097-942a-a8df87b8d64d[Modificación nº 2 de las Normas Urbanísticas Municipales];;;;2019-10-29 11:33:00; 688204;DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE ACTUACIÓN;;;;/documents/302050/682940/4c7207c771126dacd6f89bc871cb927b.pdf/4287593f-a942-49fc-bcd2-07fef9f36080[DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE ACTUACIÓN];;;2010-03-01 11:00:00; 688214;Información pública. Modificación NUM BOCYL;;;;/documents/302050/682940/4b0565d88f0230e4cbccdae6098e5218.pdf/7a93d484-1ad2-45bc-a2ca-437314ba4937[Información pública. Modificación NUM BOCYL];;;2017-10-30 11:00:00; 1719840;Información pública expediente enajenación parcelas;;;Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 24 de Octubre de 2019 se ha aprobado inicialmente el expediente de enajenación de las parcelas integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo (4ª Fase) que a continuación se describen, ubicadas en el Polígono Industrial “El Tayo”:
PARCELA SUPERFICIE PRECIO
1-8 1.100 m2 5.500,00 €
1-9 2.095 m2 10.475,00 €
1-10 1.000 m2 5.000,00 €
1-11 1.006 m2 5.030,00 €
1-12 1.011 m2 5.055,00 €
1-13 2.333 m2 11.665,00 €
1-14 1.126 m2 5.630,00 €
Durante el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio podrá examinarse el expediente en la Secretaría General y presentar las reclamaciones que se consideren convenientes. Caso de que no se presenten reclamaciones el acuerdo se entenderá definitivo y ello sin perjuicio de que quede condicionado a la autorización de la Diputación Provincial cuando proceda.
Tiedra a 29 de Octubre de 2019.
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